ADOCCO cuestiona privilegio del Poder Judicial que concede seguro médico internacional a jueces de la SCJ activos y jubilados, extensivos a hijos mayores de edad

Johnny
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En cambio, los jueces de las demás instancias judiciales poseen un seguro regular

 

Santo Domingo, D.N., 4 de junio del 2024.- La Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, criticó el hecho de que el Consejo del Poder Judicial, haya contratado un seguro médico internacional, única y exclusivamente para los jueces de la Suprema Corte de Justicia, activos y jubilados, que incluye además de ellos a hijos mayores de edad, privilegio del que no gozan los demás jueces de los semas estamentos judiciales.

 

El cuestionamiento de la organización de la sociedad civil, se desprende de la comunicación enviada al Consejo del Poder Judicial, el día 3 de mayo del 2024, por la Magistrada Ysis B. Muñiz Almonte, Jueza Presidente de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional y Presidente en funciones de la Asociación de Jueces y Juezas de la República Dominicana (ASOJURD), en la que califica como: Práctica Bochornosa e Ilegal, al tiempo de solicitar, al órgano Supremo de gobierno del Poder Judicial que se tomen las acciones correspondientes a los fines de dejar sin efecto a la mayor brevedad posible una práctica bochornosa e ilegal asumida y/o validada por las actuales autoridades que conforman este Consejo del Poder Judicial.

 

Resulta que, a través de la Oficina de Acceso a la Información Pública del Poder Judicial, recibimos la información de que los jueces de la Suprema Corte de Justicia activos y pensionados cuentan con el beneficio de un Seguro Médico Internacional, así como su núcleo familiar, incluyendo los hijos mayores de edad.

 

En primer término y, aun cuando la presente comunicación la título «Práctica bochornosa e ilegal», confieso que el orden en los adjetivos ha sido tomado en cuenta un aspecto de forma como es la eufonía. Sin embargo, ya entrando al fondo de la cuestión vamos a iniciar por aquello que reviste una mayor gravedad.

 

Entrando en materia, cuando un juez recibe el beneficio del Seguro Médico para él y su núcleo familiar, entiéndase su esposa (o) e hijos menores de edad, esto encuentra justificación porque se constituye en un beneficio directo para el juez, sobre quien recae la obligación legal de manutención, que implica proveer y cubrir, entre otros, los gastos de asistencia médica y educación. De ahí que cualquier beneficio dirigido a los hijos del trabajador dentro de la minoría de edad, que comprende toda la infancia y adolescencia, se traduce en un beneficio directo al juez que es quien tiene una relación laboral con su empleador, el Poder Judicial. 

 

Luego que esos hijos adquieren la mayoría de edad e independientemente de que en la práctica como padres responsables y amorosos sigamos apoyándolos en todos sus proyectos, lo cierto es que desaparece la obligación legal de manutención, por lo que no resulta posible o mejor dicho, resulta ilegal que el Consejo del Poder Judicial destine sumas importantes de su presupuesto para generar un beneficio, ahora directo, en favor de personas que no tienen ningún vínculo laboral con el Poder Judicial.

 

Prueba de lo anterior es que, el seguro médico nacional que tienen los jueces del país, solo cubre los hijos hasta alcanzar la mayoría de edad y esta exclusión opera automáticamente, salvo que el juez asuma cubrir el costo de la prima con sus propios recursos y eso lo saben nuestros representantes, así que no pueden alegar ignorancia”.

 

Para el presidente de ADOCCO, medida como esa, sumadas a los intentos de violación del escalafón de promociones de jueces y juezas, junto a los traslados irregulares, podrían provocar la más profunda crisis en el servicio judicial, que podría afectar la institucionalidad y el orden democrático, por lo que hace un llamado a la reflexión del presidente del órgano y de la Suprema Corte de Justicia, para que descontinúe sus prácticas faraónicas. Concluyó diciendo Julio César De la Rosa Tiburcio.

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