Importancia de tener licencia para conducir vehiculos de motor

Vida
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Por el doctor
Israel Polanco

La Superintendencia de salud y riesgos laborales (SILSARYL) que es la institución que regula todo lo relativo a la aplicación de la ley de seguridad social 87-01, establece a través de la resolución 168-02, que una condición imprescindible para que un trabajador de empresa publica o privada, el cual haya sufrido un accidente de trayecto conduciendo un vehiculo de motor, es que posea la licencia de conducir al día y obviamente que esté afiliado al Seguro de Riesgos Laborales por medio de su institución de trabajo.

Entre los beneficios están prestaciones económicas (subsidio por discapacidad temporal, indemnización por discapacidad permanente, pensión por discapacidad permanente, entre otras, así como también prestaciones en salud, es decir cubre el cien por ciento de todos los gastos médicos que se deriven del accidente.

La institución que se encarga de reconocer y otorgar todos los beneficios que por la ley 87-01 le corresponden a un trabajador que haya sufrido un accidente de trabajo o un accidente de trayecto se llama Administradora de Riesgos Laborales (ARLSS).

En ese sentido exhortamos a todas las personas que posean vehículos de motor, ya sean carros, pasolas o motocicletas a que obtengan su licencia de conducir.

Es importante aprovechar los operativos que se están llevando a cabo en la ciudad de Nagua para obtener este importante documento.

Es pertinente recordar que para reportar accidentes de trabajos, accidentes de trayectos o enfermedades profesionales en la provincia María Trinidad Sánchez, deben hacerlo en la oficina de la Administradora de Riesgos Laborales en nagua, ubicada frente a la Fortaleza, tel 809-584-4681.

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