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Ambos organismos aclararon que los bienes que serán exentos del pago de aranceles deben provenir de los países que conforman el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, Centro América y la República Dominicana (DR-Cafta).
Informaron que dentro de los bienes que comenzarán a recibir los beneficios de la tasa “cero” al momento de su importación, están las carnes de aves, pescados, mariscos, hortalizas, frutas; compotas, jaleas y mermeladas.
Además, confituras o dulces, conservas de frutas; jabones y artículos de higiene; cepillos dentales y detergentes.
También se incluyen materiales de empaques, calzados para usos especiales (tales como: botas de seguridad y calzados de protección); productos químicos, equipos electrónicos (tales como: cámaras y proyectores), baterías, neumáticos y partes para vehículos de motor (respuestos).
Además de las mercancías y productos señalados anteriormente, tendrán una tasa de cero arancel los vehículos de motor que se encuentran en la categoría de desgravación “X”, los cuales tienen un arancel normal del 20% y se han venido desgravando desde marzo del 2007 hasta la fecha.
Mostraron su esperanza en que el sector importador y el comercio transfieran esas reducciones de impuestos a las mercancías que venden en el mercado nacional.